jueves, 26 de diciembre de 2019

RECLAMAR POR DESPIDO Y POR NUEVA CATEGORIA

El Tribunal Supremo en sentencia de 12 de noviembre ha dictaminado que un trabajador puede a la vez reclamar por un despido improcedente y ademas solicitar que se le aplique la categoria profesional que realmente desarrollaba. Esto incluso si no lo solicito hasta el momento de despido.
Con la aplicacion de la nueva categoria profesional se deben recalcular , nominas e incluso el despido.
Por tanto el Tribunal Supremo concede una acumulacion de acciones.

COMPATIBILIZAR EL COBRO DEL DESEMPLEO Y SER AUTONOMO

A raiz de la consulta de un cliente sobre si era posible compatibilizar el cobro del desempleo y ser autonomo, hemos encontrado en la propia pagina web del Servicio Publico de Empleo la siguiente nota que por su importancia y claridad pasamos a transcribir.
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/estoy-cobrando-el-paro-y/trabajo-como-autonomo.html

  • Si usted está percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo y ha cesado con carácter total y definitivo su actividad laboral, y se da de alta como trabajador o trabajadora por cuenta propia, podrá seguir percibiendo la prestación que le corresponda, mientras esté trabajando por cuenta propia, durante un máximo de 270 días o durante el tiempo inferior que le quede por percibir, siempre que solicite la compatibilidad en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
    También se podrá aplicar lo indicado en este apartado a quienes estén percibiendo la prestación por desempleo y se incorporen como socios o socias de sociedades laborales de nueva creación o socios trabajadores o socias trabajadoras de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación, que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.
    La persona trabajadora que se acoja a esta compatibilidad percibirá el 100 % de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de cotización a la Seguridad Social.

NO HE COTIZADO NUNCA ¿PUEDO COBRAR UNA PENSION?

Todos los meses pide cita alguna persona en nuestro despacho que nos cuestiona si puede cobrar una pension de algun tipo sin haber cotizado nunca o muy poco tiempo.
Lo primero que les comentamos es la diferencia entre las prestaciones contributivas (aquellas en las que se ha cotizado) y las no contributivas (aquellas en las que no se ha cotizado o no se llega a los minimos).
Las prestaciones contributivas estan claras. Si has cotizado los años necesarios te corresponde la prestacion.
Por otro lado estan las prestaciones no contributibas, que en principio son para aquellas personas que estan en situacion de riesgo y que ademas no les corresponden prestaciones contributivas y no tienen ingresos.
Vamos a realizar un rapido repaso:
- Invalidez no contributiva: los requisitos son tener entre 18 y 65 años y residir en España durante los ultimos 5 años; dos de ellos consecutivos y  deben ser anteriores a la solicitud. Y ademas tener declarado un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Jubilacion: los requisitos son tener mas de 65 años. Obtener rentas de cualquier tipo inferiores a 5.488 euros/año (para el año 2019) y redidir en España durante 10 años.
- SOVI: Seguro obligatorio de vejez e invalidez. Solo tienen derecho lo que cotizaran antes de 1967 y no tienen derecho a una pension contributiva de la SS.

miércoles, 18 de diciembre de 2019

TRIBUNAL SUPREMO Y EL REGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS

El Tribunal Supremo ha dictado doctrina sobre las incompatibilidades de los funcionarios.
En concreto ha creado doctrina al establecer que para denegar la compatibilidad entre una plaza publica y un trabajo privado, es necesario que se cobre un complemento que especificamente remunere el trabajar solo para la administración publica. 
Ese complemento debe quedar claramente reflejado en la nomina.

SE PUEDE DISMINUIR EL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD A LOS FUNCIONARIOS

El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que es posible retirar o disminuir, según sea el caso, el complemento de productividad a los funcionarios. 
Este complemento esta destinado a la remuneración del especial rendimiento, el interés o la iniciativa del titular del puesto así como su participación en programas o actuaciones concretas. La determinación individual de su cuantía se efectuará dentro de las dotaciones presupuestarias previamente acordadas y de conformidad con la normativa vigente.

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la administración tiene un margen de discrecionalidad para el abono de este complemento. Y por tanto, puede rebajar o negar el citado complemento.


martes, 17 de diciembre de 2019

CESTA DE NAVIVDAD ¿DERECHO ADQUIRIDO?

El Tribunal Supremo ha vuelto ha sentenciar sobre el derecho que los trabajadores de las empresas tienen sobre las cestas o regalos que las empresas entregan a sus trabajadores en Navidad.
Despues de varias sentencias al respecto lo unico que queda claro es que el tema tiene que ser estudiado empresa a empresa. Porque en algunas viene recogido el derecho al aguinaldo de Navidad en sus convenios, en otras no etc.
Hay que estudiar empresa a empresa, no se puede dar una solucion general.

jueves, 28 de noviembre de 2019

APLAZAMIENTO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS POR MOTIVO DE ENFERMEDAS

El Tribunal de Justicia de Unión Europea ha sentenciado que es licito limitar las vacaciones que no hay podido ser disfrutadas por enfermedad.
Esta limitación opera sobre el exceso de 4 semanas que algunos convenios colectivos otorgan a los trabajadores y que mejora lo establecido en la normativa general.







martes, 26 de noviembre de 2019

TRABAJADORES DE ETT

El Tribunal Supremo ha sentenciado que los trabajadores de las Empresas de Trabajo Temporal tienen los mismos derechos que los trabajadores de las empresas donde desarrollan su trabajo; es decir, de los empresas donde están cedidos. Todo ello por violación de la igualdad entre hombre y mujeres recogidos en la Ley de Igualdad. 

lunes, 25 de noviembre de 2019

OPOSICIONES, MOMENTO DE VALORAR MERITOS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha sentenciado de forma definitiva que el momento de valorar los méritos de cada opositor es a la fecha tope en la que la convocatoria  finaliza el periodo de  inscripción . Por tanto los tribunales no pueden decidir el momento en el que fijan la fecha a partir de la cual se fija la  valoración de méritos.

viernes, 22 de noviembre de 2019

REGISTRO HORARIO, DESPIDO ANULADO

Los juzgados de los social de Soria hay determinado anular un despido en el que el trabajador se habia negado a firmar el registro horario
En este caso la empresa le entregaba al trabajador el registro horario cumplimentado y este ante la inexactitud de los datos recogidos en el registro se nego a firmar.
En este caso el juzgado a declarado el despido como improcedente y obliga a la readmisión o a la indemnización que corresponda.

jueves, 14 de noviembre de 2019

INTERINOS DERECHO CARRERA PROFESIONAL

El Tribunal Supremo ha sentenciado por segunda vez en pocos meses, la anterior fue del mes de marzo,  que los interinos tiene derechos a la carrera profesional en igualdad de condiciones que el personal fijo si tiene contratos que suman mas de 5 años.
El Tribunal Supremo considera discriminatorio la no aplicación en su totalidad de la Directiva europea 1999/70.
Buena noticia para el personal interino que se suma a las sentencias que este despacho ya gano en 2015

lunes, 11 de noviembre de 2019

LA AUDIENCIA NACIONAL RECHAZA EL CONCURSO PARA SER FUNCIONARIO

La semana pasada se supo que la Audiencia Nacional , sala se lo Contencioso-Administrativo, se pronuncio sobre la obligatoriedad de que los interinos deban pasar una  oposición para ser funcionarios fijos; dejando el concurso para situaciones excepcionales. 
Por otro lado recuerda que las plazas del personal laboral indefinido no fijo debe salir a oposición en la primera convocatoria que se realice.
Si a esto le sumamos la mas que probable sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la no indemnización de los interinos al ser despedidos, solo podemos exigir a las administraciones en general, que cumplan sus compromisos y convoquen los procesos selectivos que correspondan para que el personal interino y contratado tenga opción de ganar sus puestos de trabajo.

miércoles, 30 de octubre de 2019

DESPIDO POR AUSENCIAS JUSTIFICADAS

El Tribunal Constitucional acaba de avalar que se pueda despedir a un trabajador que falte a su trabajo un 20% de las jornadas durante dos meses; aunque las faltas de asistencia estén justificadas por la propia administración publica a través del correspondiente parte de baja medico

En concreto el Estatuto de los trabajadores dice:
Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas.
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
Es decir, el Tribunal Constitucional acaba de cercenar el derecho de los trabajadores a ponerse enfermos y es mas , esa enfermedad que ha sido validada por un organismo publico sanitario no merece mayor relevancia por parte de nuestro Tribunal Constitucional prefiere que prevalezca el interés económico de las empresas. 
Solo decir que si esta postura del Tribunal no es corregida siguiendo los criterios de los votos particulares existentes en la sentencia, se puede presumir que trabajadores enfermos acudiran a sus puestos de trabajo en inferiores condiciones psicofisicas, con lo que se incrementaran los accidentes laborales de forma importante. 




miércoles, 23 de octubre de 2019

MOTIVOS DE CESE DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD

El Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso Administrativo, ha sentencia el pasado mes de septiembre de 2019, las causas por las que puede ser cesado el personal estatutario temporal.
El alto tribunal recuerda que hay que acudir al articulo 9.4 del Estatuto Marco que dice:

4. El nombramiento de sustitución se expedirá cuando resulte necesario atender las funciones de personal fijo o temporal, durante los períodos de vacaciones, permisos y demás ausencias de carácter temporal que comporten la reserva de la plaza.
Se acordará el cese del personal estatutario sustituto cuando se reincorpore la persona a la que sustituya, así como cuando ésta pierda su derecho a la reincorporación a la misma plaza o función.
Es decir, el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, ha sentenciado que para cesar a un estatutario sustituto es necesario que el personal fijo se reincorpore o que pierda el derecho a la reincorporación.

Cualquier otro motivo de cese es ilegal; aunque debemos recordar que es una pratica frecuente en los servicios de Salud.




martes, 22 de octubre de 2019

SUFRIR ACOSO EN EL TRABAJO PUEDE SER ACCIDENTE DE TRABAJO

Los tribunales consideran que si una sintomatologia sufrida por un trabajador tiene origen laboral debe ser considerada como accidente de trabajo y por tanto abonada y tratada por la mutua correspondiente.
En este despacho aconsejamos estudiar caso a caso, pues es dificil encuadrar todos los supuestos en una unica respuesta

HORAS EXTRAS QUE SE DEBEN COMPUTAR EN CASO DE DESPIDO

El Tribunal Supremo ha sentenciado en el mes de septiembre de este año que las horas extras solo se deben incluir en el calculo de la cantidad de indemnización en caso de despido si queda acreditado que se han hecho de forma habitual

jueves, 17 de octubre de 2019

INDEMNIZACION POR DESPIDO A LOS INTERINOS DE LA ADMINISTRACION

Malas noticias para los interinos de la administración publica. El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, considera que a los interinos de la administración no hay que indemnizarles cuando son despedidos, al cubrirse su plaza por un titular.
La opinión del Abogado General no sienta derecho pero normalmente es asumida por los jueces y magistrados del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Aunque todavía no hay sentencia,  es de esperar que la sentencia definitiva sea negativa para los intereses de los interinos despedidos y que se quedaran sin indemnización. 

martes, 15 de octubre de 2019

DESPIDO NULO A TRABAJADORES EN IT

Tal como hace tiempo viene defendiendo este despacho, a los trabajadores en IT NO SE LES PUEDE DESPEDIR y si el despido se produce debe ser declarado NULO.
Es decir, obligatoriamente hay que readmitir al trabajador
Dicho criterio, que ya esta siendo recogido en diversas sentencias de juzgados y tribunales de los social, se desprenden de las directivas de la UE y de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

jueves, 10 de octubre de 2019

FISCALIDAD DE LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO

El pasado verano la Audiencia Nacional sentencio que unas indemnizaciones por despido debian tributar a Hacienda.
Sin entrar a reseñar el caso concreto, donde la sentencia señala las irregularidades del procedimiento del despido, que habia sido acordado entre los trabajadores y la empresa; decir que nada a cambiado y continua siendo exento de tributacion los primero 180.000 euros.
Por ello tranquilidad, todo sigue igual.

martes, 8 de octubre de 2019

EXENCION IRPF INDEMNIZACION POR DESPIDO

La Audiencia Nacional en sentencia de julio de 2019 ha sentenciado que para que la indemnización por despido este exenta de la retención del IRPF es necesario que sea obligatoria. Por tanto, no debe haber convenio, pacto , o contrato que regule dicha indemnización








domingo, 6 de octubre de 2019

ANULADO UN DESPIDO REALIZADO POR WATHSAPP

El juzgado de lo social de Palma de Mallorca acaba de declarar improcedente el despido de un trabajador realizado por la red social wathsapp.
El tribunal ha declarado la improcedencia  por falta de motivación y forma, ya que incumple los preceptos del articulo 55.1 del estatuto de los trabajadores. 

jueves, 3 de octubre de 2019

PACTOS DE NO COMPETENCIA POST CONTRACTUAL

El Tribunal Supremo ha vuelto a reiterar su doctrina referente a la legalidad de los pactos de no competencia post contractual
Básicamente se trata de que trabajador y empresa pactan que tras la finalizacion del contrato de trabajo durante un tiempo, el trabajador no pueda trabajar en otra empresa del mismo sector; con las contra prestaciones económicas correspondientes. 
Este tema es importante ya que el Alto Tribunal obliga a devolver al trabajador las cantidades percibidas e incluso establece daños y perjuicios importante a los que el trabajador debe hacer frente. 

miércoles, 2 de octubre de 2019

UN TRABAJO DESCUIDADO NO ES SUFIENTE PARA DESPIDO DISCIPLINARIO

El Tribunal Superior de Justicia del Galicia acaba de dictaminar que un trabajo realizado de forma descuidada y negligente no es razón suficiente para un despido disciplinario a cero euros de indemnización. Y que tal situación solo puede ser calificada como despido improcedente. 

viernes, 27 de septiembre de 2019

CAUSAS HABITUALES DE DESPIDO EN ESPAÑA


1-Absentismo laboral e impuntualidad. La empresa debe acreditar que las ausencias alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
Recordar que las sanción también se puede aplicar aunque las ausencias sean justificadas si llegan a los porcentajes establecidos legalmente
2. Disminución del rendimiento laboral.
3. Mala conducta hacia compañeros y superiores.
4. Causas económicas  El artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, define las causas económicas como: "la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior".
5. Despido colectivo. fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a:
1- Diez trabajadores, en las empresas que ocupen hasta cien
2- El 10% del número de trabajadores de la empresa que trabajen entre cien y trescientos trabajadores
3- Treinta trabajadores, en las empresas que cuenten en su plantilla más de trescientos trabajadores.



jueves, 19 de septiembre de 2019

DESPIDOS Y VIDEOVIGILANCIA

Tras varias consultas de trabajadores sobre la posibilidad de ser despedidos por datos obtenidos con cámaras de videovigilancia ocultas publicamos este comentario 
Cada dia es mas frecuente que en todos los centros de trabajo existan camaras de seguridad que graban a los trabajadores y publico en general desarrollando las actividades cotidianas; y cada vez es mas frecuente que las empresas usen estas grabaciones para justificar despidos.
Por ello siempre asesoramos a nuestros clientes que es obligatorio para las empresas en cumplimiento de la normativa de protección de datos, informar a los trabajadores de la existencia de las grabaciones. 
Si no se cumple con este requisito los tribunales están calificando los despidos basados en las imágenes como improcedentes

miércoles, 18 de septiembre de 2019

CARRERA PROFESIONAL EN SANIDAD

El Tribunal Supremo a traves de su sala 4 de lo Contencioso Administrativo ha vuelto a sentenciar, y esperamos que sea definitivamente y que las autoridades de la sanidad publica de todas las CCAA que tienen instaurada la Carrera Profesional acaten las sentencias, que es discriminatorio excluir al personal interino de la carrera profesional.
Todas las Comunidades que tienen normas que excluyen a los interinos del cobro de la carrera profesional deben anularlas y pagar el concepto de carrera profesional a todos los interinos.
Afortunadamente este despacho fue de los primeros en ganar  casos semejantes ya en 2016.
Esperemos que las administraciones publicas de sanidad no demoren injustamente la aplicación de esta doctrina.

sábado, 31 de agosto de 2019

ACCIDENTE IN ITINERE Y CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL

Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha sentenciado que tener un accidente llevando a los hijos al colegio antes de entrar a trabajar se debe considerar como accidente de trabajo in itinere; teniendo en cuenta que se debe considerar estos accidentes en relación con la conciliación de la vida familiar y laboral. 

Muy interesante esta sentencia que cambia los criterios que se están utilizando hasta ahora. Esperemos a la casación del Tribunal Supremo para saber si este novedoso criterio tendrá continuidad en beneficio de los trabajadores. 

lunes, 26 de agosto de 2019

ENFERMEDADES OCULARES Y ORDENADORES

El Tribunal Supremo ha considerado que las enfermedades oculares que se produzcan " de forma súbita en lugar y tiempo de trabajo" deben ser consideradas como accidente de trabajo con la correspondiente retribución de la Incapacidad Temporal o Incapacidad Permanente según la regulación de contingencias profesionales. 



jueves, 8 de agosto de 2019

INDEMNIZACION POR DESPIDO IMPROCEDENTE, CRITERIO DE LA DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS DE HACIENDA

Debido a la gran cantidad de consultas que recibimos en este despacho referentes a la forma de tributar las indemnizaciones por despido improcedente recibidas en el acto de conciliación, recordamos que, el exceso de indemnización sobre el limite exento le resultara aplicable una reducción del 30% sobre el limite máximo de 300.000 euros. 

Recordar que el limite exento de tributacion  es de 180.000 euros

lunes, 29 de julio de 2019

OPOSICIONES POLICIA LOCAL DE ZARAGOZA

Este despacho en representación de ADIPLA, ha recurrido las bases de la convocatoria de policía local de la ciudad de Zaragoza.
La Asociación por la Dignidad de los Policías Locales de Aragon, ha presentado Recurso Contencioso-Administrativo contra la convocatoria de plazas para la policía local del ayuntamiento de la ciudad de Zaragoza;  por considerar que no respeta la Ley de Coordinación de los Policías Locales de Aragon, al no respetar las plazas reservadas para la movilidad de los mismos.
Se ha solicitado la paralización de la convocatoria hasta que el ayuntamiento de Zaragoza subsane los defectos o hasta que se resuelva el proceso judicial. 

MINIMO DE INGRESOS PARA DARSE DE ALTA EN AUTONOMOS

Este tema de gran actualidad ya lo hemos tratado en este blog. La TGSS siempre ha tenido el mismo criterio; independientemente de los ingresos que se obtengan por la actividad como autónomo hay que darse de alta en el RETA.
De todos es conocido que ya existen dos sentencias del Tribunal Supremo que coinciden en que a partir del SMI es cuando se puede considerar la habitualidad de la actividad.
Como hasta ahora nos encontramos que la intervención de Inspección de Trabajo esta bajo el criterios distintos, creemos desde este despacho que ha llegado la hora para definir por norma legal el mínimo necesario para un autónomo deba darse de alta en el RETA.

viernes, 26 de julio de 2019

SEXENIOS PARA INTERINOS

En el día de hoy este despacho le ha sido notificada sentencia estimatoria  contencioso administrativa de Zaragoza, acogiendo integrante todas las pretensiones que defendíamos en relación al derecho de los interinos a recibir en su nomina los sexenios generados al igual que los funcionarios de carrera

miércoles, 17 de julio de 2019

SINDICATO CONDENADO POR DESPEDIR A SUS TRABAJADORES

Condenado sindicato de trabajadores por despido improcedente k

Un Sindicato de trabajadores con gran reprentacion en el sector de funcionarios ( también entre otras muchas en la provincia Zaragoza) y empresas privadas), que para más ..... están presentes en las negociaciones de convenios laborales etc....., es condenado por despido improcedente a uno de sus trabajadores. Con la correspondiente indemnización que han pagado sin saberlo los afiliados de este sindicato. 
El sindicato que en este caso es considerado empresa, realiza lo contrario de lo que predican y despiden disciplinariamente a un trabajador, alegando hechos inciertos que fueron desvirtuados en juicio. Dejando a los citados supuestos defensores de los trabajadores sin argumentos. Pudiéramos traer a este procedimiento la frase “ haz lo que digo pero no lo que hago”.  Vergüenza debería de darles.......

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jueves, 11 de julio de 2019

AUDIENCIA NACIONAL CONVALIDA SANCION ECONOMICA POR LLEGAR TARDE A TRABAJAR

La Audiencia Nacional ha sentenciado que es legal detraer de la nomina las sanciones por llegar tarde a trabajar si la empresa cuenta con registro horario.

La Audiencia Nacional considera que el articulo 30 del estatuto de los trabajadores dispensa al empresario de remunerar la falta de prestacion de servicios por parte del trabajador; ya que este ha llegado tarde a trabajar.






viernes, 28 de junio de 2019

LOS INTERINOS NO PUEDEN SER POLICÍAS LOCALES

El Tribunal Supremo acaba de dictaminar que tras la ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad local no es ajustado a derecho el nombramiento de policías locales en régimen de interinidad.
Esta sentencia se suma a la del Tribunal Constitucional que ya deja sentado que no se podía usar el régimen laboral para contratar policías locales y que estos deben ser funcionarios

jueves, 13 de junio de 2019

LAS ACTIVIDADES CON CLIENTES FUERA DEL HORARIO DE TRABAJO SON JORNADA DE TRABAJO

El Tribunal Supremo ha sentenciado que las actividades ludicas que los empleados de una empresa celebren con clientes, deben ser consideramos como tiempo de trabajo, aunque se haga fuera del horario de trabajo y de forma voluntaria. 
Ademas, y en aplicación del Estatuto de Trabajadores y la normativa de PRL la jornada de trabajo del siguiente día deben comenzar con una separación de 12 horas, entre el fin de la actividad ludica y el comienzo de la jornada siguiente. 

lunes, 10 de junio de 2019

SI NO COBRO EN TRES MESES

En una sentencia de marzo de 2019, los juzgados de lo social de Madrid, han dictaminado que si un trabajador no cobra su nomina durante tres meses, sin justificación ninguna por parte del empleador, puede solicitar la rescisión de su contrato y cobrar la indemnización que se correspondería en caso de un despido improcedente


sábado, 8 de junio de 2019

INTERINA READMITIDA DESPUES DE UN CESE NO JUSTIFICADO

El Tribunal Supremo ha sentenciado la readmisión de una interina cesada,  porque ocupa un puesto por mas de tres años y esa plaza no era eventual sino estructural.
El Tribunal Supremo ha aplicado la doctrina del TJUE.
La interina continuara ocupando su puesto de trabajo hasta que sea cubierto con arreglo al EBEP.




miércoles, 22 de mayo de 2019

EXTINCION ANTICIPADA DEL CONTRATO DE OBRA Y SERVICIOS ES DESPIDO OBJETIVO

Segun la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social ,de 4 de abril de 2019, la finalizacion anticipada de un contrato de obra y servicios deviene en despido objetivo, cuando la razon exgrimida por la empresa es la bajada del volumen de la contrata.
Esta excusa estaba recogida en el convenio colectivo.
Esta sentencia gira en redondo el sentido que hasta el momento mantenia en estos casos el alto tribunal.
Este giro jurisprudencial tendra mucha incidencia en el sector servicios, contact center y construccion.
Comienza el fin de los despidos camuflados.

martes, 14 de mayo de 2019

REGISTRO HORARIO

Ante el gran numero de consultas que ha tenido este despacho sobre el tema del registro horario obligatorio, creemos que lo mejor es acceder a la fuente y colgamos la Guia que ha publicado el propio ministerio de trabajo.

Adjuntamos el enlace:

Guia registro horario

jueves, 9 de mayo de 2019

LAS PENSIONES DE LOS TRABAJADORES TEMPORALES SON DISCRIMINATORIAS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el calculo de las pensiones de los trabajadores temporales  implica una reducción del importe de una pensión de jubilación de un trabajador en una proporción mayor a la que corresponde por sus períodos de ocupación a tiempo parcial. 

Llega a la conclusión de que la legislación española sobre calculo de pensiones coloca a las mujeres en una posición particularmente menos ventajosa que la de los hombres, por lo que esta normativa sería contraria a las Directivas Europeas 

 Considera el tribunal europeo que se esta aplicando una base reguladora inferior proporcionalmente a los que trabajan a tiempo completo


lunes, 6 de mayo de 2019

TRABAJADOR NO READMITIDO TRAS EXCEDENCIA

El Tribunal Supremo ha dictaminado en el pasado mes de marzo, que cuando un trabajador no es readmitido tras una excedencia y en conciliacion o sentencia ,se reconoce la improcedencia de la no readmision;  el trabajador tiene derecho a la prestacion por desempleo pues el trabajador tiene derecho a ser considerado en alta en la SS desde que solicito la reincorporacion hasta la fecha del reconocimiento de la improcedencia.

domingo, 5 de mayo de 2019

FOGASA Y EL SILENCIO

El Tribunal Supremo en unificacion de doctrina ha sentenciado que si el FOGASA no emite resolucion en el plazo de tres meses desde la presentacion de la solicitud por parte del trabajador, la solicitud debe ser considerada estimada por silencio administrativo. Y por tanto el FOGASA debe abonar las cantidades correspondientes.

Importante sentencia pues da un golpe a la lentitud de la administracion que suele incumplir los plazos pero exige al ciudadano que los cumpla escrupulosamente

DESPIDO POR USAR INTERNET

Si un empresario esta pensando en despedir a un trabajador por navegar por internet en horario de trabajo con fines personales. Cabe recordarle que el Tribunal Europe de los Derechos Humanos considero que revisar el historial de navegacion no es prueba suficiencia por vulneracion de los derechos fundamentales.
 En estos casos se debe declarar Nulo el despido.

sábado, 4 de mayo de 2019

JUBILACION ANTICIPADA AUTONOMOS

Para poder jubilarse un autónomo se deben dar a la vez dos condiciones, estar al corriente de pago de las cuotas y tener los años cotizados correspondientes
La legislación española permite que un autónomo que por dificultades económicas no esta al corriente de pago, abono las cuotas impagadas y solicite la jubilación
Pues bien, el Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia diciendo que no es posible solicitar la jubilación, como autónomo, simplemente abonando las cuotas impagadas y que también hay que cumplir el requisito de la carencia.

miércoles, 1 de mayo de 2019

DEVOLUCION DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

La pluriactividad se produce cuando un trabajador cotiza a dos regímenes distintos de la seguridad social
Normalmente se producen cotizaciones simultaneas al régimen general y al régimen de autónomos.
Por ellos el Texto Refundido de la SS obliga a la Tesorería de la Seguridad Social a que de oficio devuelva a los trabajadores por cuenta propia cotizantes del RETA el exceso de cuotas ingresadas.

La devolución se debe producir cuanto el importe de la cuota de contingencias comunes del regimen general durante el año anterior y las cuotas de contingencias comunes del Reta , superan el limite que se fija cada año por la ley de Presupuestos Generales del Estado. El importe reconocido no puede superar el 50% de la cuota efectivamente ingresada en el Reta.

También se debe producir la devolución cuando se ha abonado un mes entero y no se ha operado como autónomo durante la totalidad del mismo






lunes, 29 de abril de 2019

COMPATIBILIDAD DE LA JUBILACION CON LA CREACION ARTISTICA

El consejo de ministros ha aprobado por real decreto la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con la actividad de creación artística por la que reciben ingresos económicos por propiedad intelectual

El real decreto marca un plazo de seis meses para regular el procedimiento y requisitos. Retomaremos esta noticia cuando se publiquen las condiciones.

COMPATIBILIDAD PRESTACIONES NACIONAL Y EXTRANJERA DE SEGURIDAD SOCIAL

El Tribunal Supremo, sala de lo Social , ha aplicado  el Reglamento 883/2014, del Parlamento y del Consejo, de 29 de abril de 2014, sobre coordinación de los sistemas de Seguridad Social.

Con esta aplicación se compatibiliza el cobro de prestaciones por Incapacidad Permanente en España con una jubilación de un país extranjero


El Reglamento señala que "si el disfrute de prestaciones de Seguridad Social o de otros ingresos produce efectos jurídicos, estas disposiciones serán igualmente aplicables en caso de disfrute de prestaciones equivalentes adquiridas con arreglo a la legislación de otro Estado miembro o de ingresos adquiridos en el territorio de otro Estado miembro".



martes, 23 de abril de 2019

TRES FALTAS INJUSTIFICADAS , DESPIDO

El Tribunal Superio de Justicia de Extremadura ha sentenciado que en ausencia de regulacion por convenio colectivo se precisan tres faltas de asistencia injustificadas al trabajo para que el trabajador pueda ser despedido disciplinariamente.

FIBROMIALGIA SE PUEDE CONSDERAR COMO CAUSANTE DE UNA INCAPACIDAD ABSOLUTA

Un juzgado de lo social de Sevilla ha sentenciado que una trabajadora aquejada de fibromialgia es acreedora de una incapacidad permanente absoluta . La argumentacion que el sentenciador ha incluido en la sentencia es que se debe tener la capacidad de desarrollar el trabajo con un minimo de rendimiento y puediendo asistir con asiduidad al trabajo. 

lunes, 22 de abril de 2019

COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR VACACIONES NO DISFRUTADAS EN IT

El Tribunal Supremo en Unificacion de doctrina ha sentenciado que siguiendo la jurisprudencia  del TJUE de 2009 y 2012  y en aplicacion del la directiva europea 2003/88 , las vacaciones no disfrutadas por encontrarse el trabajador en sitaucion de Incapacidad Temporal deben ser compensadas economicamente si la relacion de trabajo ha concluido.

COMPENSACION HORARIO POR ASISTENCIA A FORMACIÓN OBLIGATORIA

La Audiencia Nacional, Sala de lo Social , ha dictaminada en sentencia del 21 de marzo de 2019 que no cabe pago de horas extras cuando el trabajador debe acudir a un curso obligatorio fuera del horario de trabajo. Curso organizado por la empresa, se entiende. La base jurídica radica en el concepto de distribución irregular de la jornada de trabajo; que puede ser compensada con libranzas equivalentes a las horas empleadas en la formación.

lunes, 15 de abril de 2019

DESPIDO POR ABSENTISMO

Los periodos de absentimo  para que se produzca un despido objetivo, tienen que producirse en doce meses consecutivos o cuatro meses discontinuos

EL REGALO DE NAVIDAD ES OBLIGATORIO

En una reciente del mes de marzo de 2019,  sentencia la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictaminado que una empresa no puede unilateralmente cambiar el regalo de la cesta de navidad que todos los años entrega a los trabajadores por una donativo a una ONG. 
La argumentación se centra en el derecho adquirido por los trabajadores.

domingo, 7 de abril de 2019

EL SINDROME DE SENSIBILIDAD QUIMICA ES ACCIDENTE DE TRABAJO

La justicia gallega ha sentenciado que el sindrome de sensibilidad quimica es accidente de trabajo. 
Este sindrome se genera al estar en contacto con producto quimicos en el ambiente. 
Recordar que para se considere enfermedad profesional el sindrome debe estar incluido en un listado que publica el Ministerio de Trabajo.

viernes, 5 de abril de 2019

NO ES DESPIDO NULO NO ACEPTAR EL PASO A FIJO DISCONTINUO

El Tribunal Supremo ha sentenciado , ratificando la sentencia del Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana, en el sentido de que no aceptar por parte del trabajador el paso de fijo a fijo discontinuo no es causa de considerar el desapido como nulo.

sábado, 30 de marzo de 2019

MUTUALISMO LABORAL. FONDO ESPECIAL DEL INSS

Este despacho ha defendido a una huérfana que fue demandada por el INSS para que devolviera las cantidades percibidas por la orfandad generada en el mutualismo laboral del INSS.
La sentencia ha sido estimatoria en las pretensiones que defendíamos y a la espera del recurso del INSS al TSJ correspondiente, la huérfana no deberá devolver la pensión.

LOS INTERINOS TIENEN MENOS DERECHOS

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha decidido que los interinos no tienen derecho a ser indemnizados cuando son cesados en sus nombramientos. 
Con este pronunciamiento se da por terminada la polémica que surgió con el caso Porras, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, decidió que los interinos cesados debían ser indemnizados al igual que el resto de los trabajadores. 

domingo, 24 de marzo de 2019

LOS DESPIDOS ACORDADOS TRIBUTAN IRPF

Segun sendas sentencias de la Audiencia Nacional , de 29 de enero y 6 de febrero de 2016, cuando el despido sea acordado entre la empresa y el trabajador y por tanto, haya acuerdo en cuanto a la indemnizacion de despido; estaremos ante una extinción voluntaria de la relación laboral y por tanto no estara exenta de tributar al IRPF.



sábado, 16 de marzo de 2019

DESPEDIR ESTANDO DE BAJA MEDICA ES NULO

Un juzgado de lo social de Barcelona en aplicación de la normativa europea ha dictaminado que despedir a un trabajador en situación de baja medica es NULO
La normativa europea prohíbe discriminar a los discapacitados en aplicación de las directivas europeas 2000/78, C335/11 Y C337.
El juzgador considera que también se han vulnerado los derechos constitucionales  a la integridad física y a la salud
Siguiendo estas directivas un trabajador en situación de IT, se le puede considerar "discapacitado" y por tanto digno de proteccion especial .


INADMISION DE UN VIDEO COMO PRUEBA DE UN DESPIDO

Un juzgado de lo social de Pamplona a inadmitido una grabación en vídeo para justificar un despido, aplicando la nueva normativa de protección de datos y en especial el Reglamento Europeo de protección de datos 2016/679 así como las sentencias dictadas por el tribunal europeo de derechos humanos. 
Ya no es suficiente un cartel que indique que se esta en una zona de videovigilancia, sino que el empresario debe concretar que se pueden usar dichas imágenes con fines disciplinarios.

ESPIA CAMUFLADO

Amazon comercializa un altavoz inteligente , Alexa, que puede controlar tu mirada y tus labios; y con ello el empresario podría conocer lo que mira y habla el trabajador durante su jornada.
Y ha habido sentencias que dicen que esta practica puede "transgredir la buena fe contractual si actua  en zonas destinadas al descanso o al esparcimiento de los trabajadores".
Las nuevas soluciones de inteligencia artificial abren un debate sobre su alcance y control.

jueves, 14 de marzo de 2019

DIETA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES

El boletin oficial del Estado de hoy , publica el importe de la dieta por participar como presidente o vocal en las elecciones que se celebraran proximamente
La cantidad sera de 65 euros.

EL TRIBUNAL SUPREMO OTORGA LA CARRERA PROFESIONAL A TODOS LOS INTERINOS DE SANIDAD

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que el personal interino tiene el mismo derecho al reconocimiento de la carrera profesional que el fijo, con independencia de que los acuerdos sobre carrera profesional que se hayan firmado en las diferentes comunidades autónomas digan lo contrario y en virtud de la normativa europea.
Nos congratula esta sentencia del Tribunal Supremo, que no hace sino reafirmarnos en las sentencias ganadas por este despacho; tal como se puede comprobar en la seccion de Casos destacados.

NOVEDADES LABORALES APROBADAS POR EL GOBIERNO EN MARZO 2019



1. Subsidio por desempleo de mayores de 52 años.
 Podrán acceder al subsidio los trabajadores mayores de cincuenta y dos años, aun cuando no tengan responsabilidades familiares, siempre que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en los apartados anteriores, hayan cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral y acrediten que, en el momento de la solicitud, reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Si en la fecha en que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en los apartados anteriores, los trabajadores no hubieran cumplido la edad de cincuenta y dos años, pero, desde dicha fecha, permanecieran inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, podrán solicitar el subsidio cuando cumplan esa edad. A estos efectos, se entenderá cumplido el requisito de inscripción ininterrumpida cuando cada una de las posibles interrupciones haya tenido una duración inferior a noventa días, no computándose los períodos que correspondan a la realización de actividad por cuenta propia o ajena. En este último caso, el trabajador no podrá acceder al subsidio cuando el cese en el último trabajo fuera voluntario.»
 Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.»
 Para mantener la percepción del subsidio para trabajadores mayores de cincuenta y dos años  los beneficiarios deberán presentar ante la entidad gestora una declaración de sus rentas, acompañada de la documentación acreditativa que corresponda.
Dicha declaración se deberá presentar cada vez que transcurran doce meses desde la fecha del nacimiento del derecho o desde la fecha de su última reanudación, en el plazo de los quince días siguientes a aquel en el que se cumpla el período señalado.
La falta de aportación de la declaración en el plazo señalado implicará la interrupción del pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
La aportación de la declaración fuera del plazo señalado implicará, en su caso, la reanudación del devengo del derecho con efectos de la fecha en que se aporte dicha declaración.»
El subsidio se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación.

La cuantía del subsidio por desempleo será igual al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual vigente en cada momento.
Cotización durante la percepción del subsidio.
 La entidad gestora cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de cincuenta y dos años.
Las cotizaciones efectuadas conforme a lo previsto en el párrafo anterior tendrán efecto para el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación y porcentaje aplicable a aquella en cualquiera de sus modalidades, así como para completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada.
Cuando el perceptor del subsidio sea un trabajador fijo discontinuo, la entidad gestora cotizará por la contingencia de jubilación:
a) Durante un período de sesenta días, a partir de la fecha en que nazca el derecho al subsidio, si el beneficiario es menor de cincuenta y dos años y ha acreditado, a efectos del reconocimiento del subsidio, un período de ocupación cotizada de ciento ochenta o más días.
b) Durante toda la percepción del subsidio una vez cumplida la edad de cincuenta y dos años.
A efectos de determinar la cotización en el supuesto señalado en el apar Subsidio por desempleo de mayores de 52 años y jubilación.
Cuando el trabajador perciba el subsidio por desempleo previsto en el artículo 274.4 y alcance la edad ordinaria que le permita acceder a la pensión contributiva de jubilación, los efectos económicos de la citada pensión se retrotraerán a la fecha de efectos de la extinción del subsidio por alcanzar dicha edad. Para ello será necesario que la solicitud de la jubilación se produzca en el plazo de los tres meses siguientes a la resolución firme de extinción. En otro caso, tendrá una retroactividad máxima de tres meses desde la solicitud.
2. Registro diario obligatorio de la jornada
3. Nueva bonificación por la contratación laboral de desempleados de larga duración
Las empresas que contraten a partir del 1 de abril de 2019 indefinidamente a personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores
a la contratación, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su
equivalente diario, por trabajador contratado de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años.
Cuando estos contratos se concierten con mujeres, las bonificaciones indicadas serán de 125 euros/mes (1.500 euros/año) durante tres años.
Si el contrato se celebra a tiempo parcial las bonificaciones se disfrutarán de manera proporcional a la jornada de trabajo pactada en el contrato.
4. Contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados al turismo
 sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre de cada año y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses.
La bonificación será del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.
5. Conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o fijos discontinuos
6. Inactividad de artistas en espectáculos públicos:
Los artistas en espectáculos públicos podrán continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante sus periodos de inactividad de forma voluntaria, siempre y cuando acrediten, al menos, 20 días en alta con prestación real de servicios en dicha actividad en los 12 meses naturales anteriores a aquel en que soliciten dicha inclusión a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Prestación de paternidad
Se establece expresamente que con efectos desde el 8 de marzo de 2019 y hasta el 31 de marzo de 2019 (la ampliación a 8 semanas del permiso de paternidad no se aplicará hasta el 1 de abril)
8. Incremento de las cuantías mínimas de la pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años

10. Prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante en el sector marítimo-pesquero

miércoles, 6 de marzo de 2019

SANCION A LA ADMINISTRACION POR NO LLAMAR EL NUMERO 1 DE UNA BOLSA DE EMPLEO

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha sancionado a la Administración con 12.851 euros por la falta de llamamiento al numero 1 de la bolsa de empleo. Dicha cantidad se corresponde con los salarios dejados de percibir, aunque no lo considera una responsabilidad patrimonial de la Administracion.

martes, 5 de marzo de 2019

NUEVO DECRETO DE ALQUILER DE VIVIENDAS

A partir de mañana los nuevos contratos de alquiler de viviendas tendrán que respetar las siguientes estipulaciones.

- Duración del Alquiler: hasta 5 años. Pero si el propietario es una empresa serán hasta 7 años. La prorroga tacita serán de 3 años.

Recuperación del inmueble: El arrendador solo podran recuperar la vivienda para si o su familia si se incluye de forma expresa en el articulado del contrato.

- Preaviso:  Una vez finalizada la vigencia del contrato el propietario deberá preavisar el inquilino con cuatro meses de antelación para recuperar el inmueble. Los inquilinos deben preavisar con dos meses

- Fianza: dos mensualidades.

- Subida del alquiler: Únicamente se podrá incrementar el precio del alquiler en el IPC

- Desahucio: Los servicios sociales informaran de la situación del inquilino y vía judicial se podrá paralizar  un mes



sábado, 2 de marzo de 2019

RECONOCIDA A FUNCIONARIA LA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS COMO SERVICIO ACTIVO

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha sentenciado que el tiempo de permanencia en la situación de excedencia por cuidado de hijos, es una situación asimilado a la situación de activo y por tanto debe valorarse como servicios prestados a todos los niveles.



CARRERA PROFESIONAL PARA PERSONAL SANITARIO CONTRATADO

Tal como se puede comprobar en nuestra sección de casos destacados, hace tiempo que este despacho ya consiguio que se tuviera en cuenta el tiempo trabajado con contratos temporales para la carrera profesional del personal sanitario fijo.
Los tribunales van avanzando mas alla, y en este caso en Cantabria, han concedido la carrera profesional para el personal contratado.

jueves, 28 de febrero de 2019

EL PRIMER AÑO DE EXCEDENCIA MATERNAL DA DERECHO AL COBRO DE LA PRESTACION

El Tribunal Supremo ha sentenciado que  durante el primer año de excedencia por cuidados de hijos el contrato de trabajo queda en suspenso con reserva de puesto de trabajo en caso de que la madre solicite la reincorporación. Si la madre tiene un nuevo hijo,osea el segundo,  se considera que esta asimilada al alta y tiene derecho al cobro de la prestación.




LA NOMINA DEBE SER CLARA Y TRANSPARENTE

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la nomina que entregan las empresas a los trabajadores debe tener la debida claridad y separación de los diferentes conceptos retributivos. Especialmente si ha habido diferentes porcentajes de jornada; todo ello operando el principio de transparencia.




LAS PRIMAS PAGADAS POR EXPATRIACION SE INCLUYEN EN EL DESPIDO

El Tribunal Supremo ha sentenciado el pasado mes de enero,  que las primas pagadas en concepto de "expatriacion", es decir por trabajar fuera de España, se deben incluir en las indemnizaciones por despido.
Naturalmente en la parte proporcional al tiempo que estuvo fuera de España