Un trabajador se quedo
dormido en su puesto de trabajo fue sancionado disciplinariamente por ese
motivo. Impugnada la sanción y recurrida la sentencia del juzgado de lo social el
Tribunal Superior de Justicia de Murcia considera “que
quedarse dormido en el trabajo durante un lapso de tiempo, concretamente de
unos minutos, no puede tener mayor gravedad que la inasistencia al trabajo
durante cierto tiempo sin justificación alguna”.
viernes, 22 de enero de 2016
lunes, 18 de enero de 2016
WHASTSAPP. ENTRE SU ACEPTACION JUDICIAL Y LA PIRATERIA
Diversas sentencias durante 2015 han dado validez a la utilización de la aplicación whastsapp de mensajeria para poner en comunicación a las empresas y sus trabajadores; se ha aceptado judicialmente este sistema para comunicar ceses, despidos, no superaciones de periodo de prueba, bajas voluntarias, etc.
El problema radica en que según los expertos en seguridad informática la aplicación whastapp se puede piratear y por tanto las comunicaciones que usan esta aplicación no son seguras.
Por tanto la pregunta es evidente, ¿se puede aceptar como prueba un sistema de comunicaciones que se puede manipular?
lunes, 4 de enero de 2016
REVALORIZACION PENSIONES Y COMPLEMENTOS DE CLASES PASIVAS 2016
En general, aquellas cuyo importe íntegro, sumado, en su caso, al importe íntegro mensual de otras pensiones públicas percibidas por su titular, exceda de 2.567,28 euros íntegros en cómputo mensual cuando dicho titular tenga derecho a percibir 14 mensualidades al año o, en otro supuesto, de 35.941,92 euros en cómputo anual
Enlace con el BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14267.pdf
REVALORIZACION DE PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
La revalorizacion de las pensiones para 2016 sera del 0.25%
La pension maxima sera de 2567,28 euros.
Para mayor precion adjuntamos enlace con el Real Decreto.
https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14272.pdf
La pension maxima sera de 2567,28 euros.
Para mayor precion adjuntamos enlace con el Real Decreto.
https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14272.pdf
SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL 2016
Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario
mínimo interprofesional para 2016. El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en
los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84
euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
Consultar https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14273.pdf
Consultar https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14273.pdf
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