jueves, 23 de agosto de 2018
COMEDOR OBLIGATORIO
El Juzgado de lo Social Número 1 de León ha establecido los requisitos necesarios para instalar un comedor para sus trabajadores. La sentencia, de 20 de marzo de 2018, exige que los trabajadores tengan menos de dos horas para comer y, además, que la petición haya sido suscrita por más del 50 por ciento de los empleados del centro de trabajo.
martes, 21 de agosto de 2018
PERMANENCIA DE LOS SINDICALISTAS EN LOS DESPIDOS
Hasta ahora los sindicalistas eran los ultimos en salir en el caso de despidos. Vamos que practicamente eran ellos los que bajaban la persiana y echaban el cierre a la empresa; asi era hasta ahora y nadie habia dudado de ello. Pero en un corto plazo de tiempo dos sentencia de TSJ han sentenciado que dicha permanencia solo se realizara si los sindicalistas son idoneos para el trabajo que tengan que realizar. Es decir, si se cierran lineas de trabajo de una empresa no se debe recolocar a calzador a los sindicalistas.
Esperemos la decision final del Tribunal Supremo.
Esperemos la decision final del Tribunal Supremo.
lunes, 20 de agosto de 2018
LOS DIAS DE ASUNTOS PROPIOS NO SE RECUPERAN
El Tribunal Supremo ha sentenciado que los dias de asuntos propios no se recuperan aunque no se llegue a la jornada anual.
El razonamiento es que si el convenio colectivo quisiera que fueran recuperables lo habria incluido en permisos no retribuidos, puesto que en caso contrario se estaria sustituyendo un dia de trabajo por otro.
COLEGIACION OBLIGATORIA PARA LOS FUNCIONARIOS
El Tribunal Constitucional ha establecido en sentencia de 16 de julio de 2018 la colegiacion obligatoria para todos los funcionarios cuya profesión este regulada como de colegiacion obligatoria. El alto tribunal establece que no se pueden hacer excepciones por parte de las CCAA.
viernes, 17 de agosto de 2018
DERECHO AL PLUS POR EXCESO DE RUIDO
El Tribunal Supremo sala de lo social ha sentenciado con fech a 20 de junio de 2018, que los trabajadores tienen derecho al plus salarial por altos ruidos, aunque se usen medidas de proteccion de PRL, aunque el convenio colectivo obligue al uso de los dispositivos de seguridad por parte del trabajador.
La sentencia señala: ....la obligacion de utlizar proteccion auditiva se conecta al deber impuesto a la empresa cuando se proclama la subsidiariedad del plus respecto de las medidas tecnicas....
viernes, 10 de agosto de 2018
SUBSIDIO MAYORES DE 55 AÑOS. SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 61/2018
Sentencia Constitucional Nº
61/2018, Tribunal Constitucional, Pleno, Rec Recurso de inconstitucionalidad
3688/2013 de 07 de Junio de 2018
Esta sentencia modifica los requisitos de carencia
de rentas para el acceso al subsidio de desempleo de mayores de 55 años
considerando las rentas familiares
Se declara la inconstitucionalidad y consecuentemente declara nulo el
requisito de acreditar el límite de
rentas de la unidad familiar (establecido en el 75% del SMI, excluidas las
pagas extraordinarias), de modo que dicho requisito deja de ser exigible para
las nuevas solicitudes de este subsidio.
Así, desde
el 7 de julio, no computan a estos efectos los ingresos del cónyuge o de los hijos
menores de 26 años o mayores discapacitados o menores acogidos.
INCREMENTO PENSION VIUDEDAD
La VIUDAS que no perciben ingresos por trabajo ni otras pensiones con 65 o más años se les incremta al 56% su pension de viudedas
Sera el 60% a partir del 1 de enero del próximo año, siempre y cuando las
personas beneficiarias cumplan los siguientes requisitos:
- Haber cumplido una edad igual o superior a los 65 años.
- No tener derecho a otra pensión pública española o extranjera.
- No percibir ingresos por la realización de trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena.
- No percibir rendimientos de capital, actividades económicas o ganancias patrimoniales, en el cómputo anual que superen el límite de ingresos establecidos.
A tener en cuenta…
- La pérdida de alguno de los mencionados supondrá la aplicación del porcentaje del 52 por ciento
- No percibirán variación en la paga en el caso de que sean pensiones complementadas a mínimos.
Obligación de comunicar: las personas beneficiarias están obligadas a presentar ante la Seguridad Social en el plazo de un mes (a contar desde la fecha en que se produzcan) comunicación acreditada de las variaciones de su situación que puedan suponer la suspensión del derecho al porcentaje.
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