lunes, 6 de mayo de 2019
TRABAJADOR NO READMITIDO TRAS EXCEDENCIA
El Tribunal Supremo ha dictaminado en el pasado mes de marzo, que cuando un trabajador no es readmitido tras una excedencia y en conciliacion o sentencia ,se reconoce la improcedencia de la no readmision; el trabajador tiene derecho a la prestacion por desempleo pues el trabajador tiene derecho a ser considerado en alta en la SS desde que solicito la reincorporacion hasta la fecha del reconocimiento de la improcedencia.