Para poder jubilarse un autónomo se deben dar a la vez dos condiciones, estar al corriente de pago de las cuotas y tener los años cotizados correspondientes
La legislación española permite que un autónomo que por dificultades económicas no esta al corriente de pago, abono las cuotas impagadas y solicite la jubilación
Pues bien, el Tribunal Supremo acaba de sentar jurisprudencia diciendo que no es posible solicitar la jubilación, como autónomo, simplemente abonando las cuotas impagadas y que también hay que cumplir el requisito de la carencia.