Segun la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social ,de 4 de abril de 2019, la finalizacion anticipada de un contrato de obra y servicios deviene en despido objetivo, cuando la razon exgrimida por la empresa es la bajada del volumen de la contrata.
Esta excusa estaba recogida en el convenio colectivo.
Esta sentencia gira en redondo el sentido que hasta el momento mantenia en estos casos el alto tribunal.
Este giro jurisprudencial tendra mucha incidencia en el sector servicios, contact center y construccion.
Comienza el fin de los despidos camuflados.