Se reconocerá un complemento de pensión, por su
aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido
hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del
sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación,
viudedad o incapacidad permanente. Dicho complemento, consistirá en un
importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial la siguiente escala:
2 a) En el
caso de 2 hijos: 5 por ciento.
3 b) En el
caso de 3 hijos: 10 por ciento.
c) En el caso de 4 o más hijos: 15 por ciento.
dDada la complejidad recomendamos consultar con nuestro Graduado Social.