lunes, 14 de diciembre de 2015

COMPLEMENTO POR MATERNIDAD EN LAS PENSIONES CONTRIBUTIVAS

     Se reconocerá un complemento de pensión, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Dicho complemento, consistirá en un importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial la siguiente escala:
2  a) En el caso de 2 hijos: 5 por ciento.
3  b) En el caso de 3 hijos: 10 por ciento.
    c) En el caso de 4 o más hijos: 15 por ciento.

dDada la complejidad  recomendamos consultar con nuestro Graduado Social.