En el BOE del jueves dia 10 de diciembre se publica una Resolución por el que al personal de la Administracion General del Estado, se le concede:
" Los empleados públicos que se reincorporen al servicio efectivo a la
finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia, podrán solicitar una
adaptación progresiva de su jornada de trabajo ordinaria. La Administración podrá
conceder esta adaptación cuando la misma coadyuve a la plena recuperación
funcional de la persona o evite situaciones de especial dificultad o penosidad en el
desempeño de su trabajo. Esta adaptación podrá extenderse hasta un mes desde
el alta médica y podrá afectar hasta un 25% de la duración de la jornada diaria,
preferentemente en la parte flexible de la misma, considerándose como tiempo de
trabajo efectivo. La solicitud irá acompañada de la documentación que aporte el
interesado para acreditar la existencia de esta situación, y la Administración deberá
resolver sobre la misma en un plazo de tres días, sin perjuicio de que, para
comprobar la procedencia de esta adaptación, la Administración podrá recabar los
informes del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales o de cualesquiera otros
órganos que considere oportuno sobre el tratamiento recibido o las actividades de
rehabilitación que le hayan sido prescritas.
El plazo al que se refiere el párrafo anterior podrá ampliarse en un mes más
cuando el empleado público justifique la persistencia en su estado de salud de las
circunstancias derivadas del tratamiento de radioterapia o quimioterapia.
Con carácter excepcional, y en los mismos términos indicados, esta adaptación
de jornada podrá solicitarse en procesos de recuperación de otros tratamientos de
especial gravedad, debiendo en este supuesto analizarse las circunstancias
concurrentes en cada caso.»