sábado, 19 de septiembre de 2015

NUEVA AYUDA A LAS MUJERES QUE SE JUBILEN POR CADA HIJO


¿Quiénes la cobrarán y a partir de cuándo?

 Las mujeres que hayan tenido hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen de Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente”. Los efectos desde el 1 de enero de 2016.

A la hora de determinar si se tiene o no derecho a este nuevo complemento así como su cuantía solo se tendrán en cuenta los hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión correspondiente.

¿De cuánto será el complemento?

El aumento de la pensión será del 5% si se han tenido dos hijos, como mínimo; del 10% cuando sean tres hijos y con cuatro o más, llegará 15%.

¿Podrán cobrar este complemento las mujeres que se jubilen anticipadamente?

Si la jubilación anticipada es voluntaria, no tendrán derecho a él; y sí lo cobrará si ha sido forzosa (por despido). Tampoco se aplicará el complemento en las jubilaciones parciales, aunque en estos casos sí se reconocerá cuando la jubilada parcial deje de serlo y acceda a la jubilación completa ordinaria, una vez cumplida la edad de jubilación.