ES NULO, OBLIGAR A LOS TRABAJADORES A COMUNICAR SU TELÉFONO MÓVIL Y CORREO ELECTRONICO
El Tribunal Supremo ha resuelto que las cláusulas de los contratos de trabajo que obligan a comunicar a la empresa el teléfono móvil y el correo electrónico personales son abusivas y por tanto, deben considerarse nulas. "Deben excluirse de los contratos de trabajo".