jueves, 25 de septiembre de 2014

CAERSE DEL PATINETE PUEDE SER ACCIDENTE DE TRABAJO

Un trabajador usaba su patinete como medio de transporte para ir a su trabajo. Sufrio una caida que le ocasiono lesiones y baja labora, y su mutua se nego a reconocerlo como Accidente "in itinere".
La sala se lo Social del Tribunal Superior de Cataluña, desestimo el recurso de la Mutua, confirmando la sentencia de primera instancia señalando: 
 “Compartimos con el recurso que el medio de transporte debe ser idóneo, pero también pensamos que este concepto es evolutivo (...) Hemos de aplicar la máxima de adaptar la interpretación de las normas a la realidad social y el tiempo en que vivimos, ex artículo 3 del Código Civil, y en función de ello tomar la decisión pertinente”. En conclusión, entendemos que el accidente sufrido, ahora  en debate, tiene la consideración de accidente de trabajo in itinere al haberse producido el desplazamiento entre el centro de trabajo y el domicilio habitual, en el trayecto habitual y con un medio idóneo de transporte.