El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que es posible retirar o disminuir, según sea el caso, el complemento de productividad a los funcionarios.
Este complemento esta destinado a la remuneración del especial rendimiento, el interés o la iniciativa del titular del puesto así como su participación en programas o actuaciones concretas. La determinación individual de su cuantía se efectuará dentro de las dotaciones presupuestarias previamente acordadas y de conformidad con la normativa vigente.
El Tribunal Supremo ha sentenciado que la administración tiene un margen de discrecionalidad para el abono de este complemento. Y por tanto, puede rebajar o negar el citado complemento.