El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la Directiva 92/85, relativa a las medidas para promover la seguridad y la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, determina con precisión que queda prohibido de modo general el despido de trabajadoras embarazadas, salvo casos excepcionales.
Debe quedar, continua, demostrada que no es posible recolocar a la trabajadora en otro puesto de trabajo adecuado.