lunes, 25 de septiembre de 2017

ACUMULACION DE LA LACTANCIA Y LAS VACACIONES

En los casos de lactancia acumulada si la trabajadora quiere disfrutar de vacaciones, se deberá tener en cuenta que los días de permiso de lactancia deberán reducirse; puesto que las vacaciones deberán disfrutarse al finalizar el periodo de suspensión por la maternidad. 

En los casos de excedencia no hay derecho a vacaciones por ese periodo.

Por otro lado si se acumula la lactancia y finaliza el contrato de trabajo antes del periodo maximo de lactancia la trabajadora se encontraria con que se ha excedido en el disfrute de las horas de lactancia.