En general, aquellas cuyo importe íntegro, sumado, en su caso, al importe íntegro mensual de otras pensiones públicas percibidas por su titular, exceda de 2.567,28 euros íntegros en cómputo mensual cuando dicho titular tenga derecho a percibir 14 mensualidades al año o, en otro supuesto, de 35.941,92 euros en cómputo anual
Enlace con el BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/30/pdfs/BOE-A-2015-14267.pdf