Un trabajador se quedo
dormido en su puesto de trabajo fue sancionado disciplinariamente por ese
motivo. Impugnada la sanción y recurrida la sentencia del juzgado de lo social el
Tribunal Superior de Justicia de Murcia considera “que
quedarse dormido en el trabajo durante un lapso de tiempo, concretamente de
unos minutos, no puede tener mayor gravedad que la inasistencia al trabajo
durante cierto tiempo sin justificación alguna”.