lunes, 21 de noviembre de 2016

LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD EXENTAS DE IRPF

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictaminado que las prestaciones por maternidad estan exentas de tributar en el IRPF y que existe el derecho a la devolucion de los importes pagados.

sábado, 19 de noviembre de 2016

DESPIDO POR AUSENCIAS JUSTIFICADAS PERO INTERMITENTES AL TRABAJO

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha sentenciado que se puede despedir por ausencias continuadas al trabajo, aunque esten justificadas, si exceden de los limites establecidos en el art.52.d del Estatuto de los Trabajadores que dice textualmente:

Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.

Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave.
El TSJC ha establecido que las faltas intermitentes aunque estén justificadas son causa de despido si suponen el 20% en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos en un año. 

sábado, 29 de octubre de 2016

DESPIDOS POR EL USO DEL ORDENADOR DE LA EMPRESA PARA FINES PERSONALES

Diferentes sentencias de tribunales superiores han ratificado despidos de trabajadores por usar los equipos informativos de la empresa para fines particulares ( revisar correo electrónico persona, ver fotos, leer prensa,etc)
La clave esta en si la empresa tiene recogida la prohibición en su normativa interna. 
Finalmente el Tribunal Supremo decidió que las empresas tienen la obligación de comunicar sus normas internas de actuación para comprobar si se cumplen los reglamentos y así no vulnerar esta intimidad. 
Resumiendo, si la empresa tiene recogido en su normativa interna el uso privado de los equipos informáticos, cuidado, si no nos atenemos a ellos puede haber despidos. 


miércoles, 19 de octubre de 2016

SENTENCIA QUE CONVIERTE A UNA EVENTUAL EN INTERINA

El TSJA (Andalucia) sala de lo Contencioso Administrativo  ha sentenciado que una trabajadora eventual del SAS, despues de varios años encadenando contratos, debe ser considerada como INTERINA hasta que se cubra la plaza de forma reglamentaria, pues en realidad esta ocupando una plaza de plantilla.
La pretension de la actuante, representada por el sindicato CSIF,era que se le considerara como indefinida no fija.



sábado, 24 de septiembre de 2016

RECLAMACION IGUALDAD INDEMNIZACION ENTRE FIJOS Y TEMPORALES, DESPEDIDOS HACE MENOS DE UN AÑO

Los trabajadores temporales despedidos hace menos de un año, incluidos los interinos, pueden reclamar la diferencia entre la indemnización recibida, si la hubo, y la que el Tribunal de Justicia Europeo ha sentenciado. Es decir, igualdad entre fijos y contratados, incluyendo los intereses correspondientes.
Naturalmente habrá que analizar caso a caso y comprobar si se firmo un finiquito liberatorio.
En opinión del Area Laboral de este despacho existe posibilidades de éxito en estas reclamaciones.

miércoles, 21 de septiembre de 2016

LOS INTERINOS DEBEN SER INDEMNIZADOS EN CASO CESE DEL CONTRATO

El Tribunal de Justicia de la Union Europea (TJUE) declara que la clausula 4 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duracion determinada debe interpretarse del siguiente modo:

-        Las condiciones de trabajo incluye la indemnización que un empresario debe ab onar a un trabajador por razon de la finalizacion de su contrato temporal
-        Es contrario a derecho que se deniegue la indemnización por finalizacion de contrato a un trabajador interino cuando a un trabajador fijo se le indemniza.


sábado, 17 de septiembre de 2016

DENEGADO EL PERMISO DE LACTANCIA PORQUE LA MADRE NO TRABAJABA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha denegado el permiso de lactancia para un padre porque su cónyuge, la madre del bebe, no trabajaba y estaba en situación legal de desempleo.

El TSJA señala que la lactancia se ha desvinculado ya del hecho biológico de la lactancia natural y se considera como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo, y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral. Se trata de un derecho de los que son titulares en igual medida ambos progenitores, con la única limitación de que sólo puede ser ejercido por uno de ellos si ambos trabajan.