lunes, 29 de abril de 2019

COMPATIBILIDAD PRESTACIONES NACIONAL Y EXTRANJERA DE SEGURIDAD SOCIAL

El Tribunal Supremo, sala de lo Social , ha aplicado  el Reglamento 883/2014, del Parlamento y del Consejo, de 29 de abril de 2014, sobre coordinación de los sistemas de Seguridad Social.

Con esta aplicación se compatibiliza el cobro de prestaciones por Incapacidad Permanente en España con una jubilación de un país extranjero


El Reglamento señala que "si el disfrute de prestaciones de Seguridad Social o de otros ingresos produce efectos jurídicos, estas disposiciones serán igualmente aplicables en caso de disfrute de prestaciones equivalentes adquiridas con arreglo a la legislación de otro Estado miembro o de ingresos adquiridos en el territorio de otro Estado miembro".