jueves, 28 de febrero de 2019

EL PRIMER AÑO DE EXCEDENCIA MATERNAL DA DERECHO AL COBRO DE LA PRESTACION

El Tribunal Supremo ha sentenciado que  durante el primer año de excedencia por cuidados de hijos el contrato de trabajo queda en suspenso con reserva de puesto de trabajo en caso de que la madre solicite la reincorporación. Si la madre tiene un nuevo hijo,osea el segundo,  se considera que esta asimilada al alta y tiene derecho al cobro de la prestación.