El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en unificación de doctrina en la que señala que la prestación de maternidad es un y por tanto no es renta de trabajo de lo que se deduce que no debe tributar al IRPF.
El Tribunal Supremo ha tenido que dar la ultima opinión ante diversas sentencias contradictorias de juzgados y Tribunales Superiores
Recordar que hay 4 años para reclamar las cantidad pagadas indebidamente
El sistema consistiría en realizar una corrección de la declaración del año correspondiente restado los ingresos por maternidad.