En este despacho siempre hemos indicado los mismo; se debe acudir a la teoria de toda la vida del derecho de trabajo, es decir, nos debemos preguntar si hay "dependencia" y "ajenidad" y sobretodo quien pone los medios fundamentales de trabajo y quien decide las retribuciones.
Parece claro que son las empresas de reparto las que deciden, organizan y ponen los medios y la organizacion del trabajo. Porque no olividemos que la aplicacion informatica , pieza angular en la que se basa el sistema, la proporciona la empresa. Por lo tanto parece claro que se trata de falsos autonomos , que la relacion laboral es por cuenta ajena y que ni siquiera se encuadra en los Trade.
Seran los tribunales de justicia los que terminen decidiendo el caso.