viernes, 29 de diciembre de 2017

EL TRIBUNAL SUPREMO CONSIDERA IMPROCEDENTE APLICAR EL IPC A UN CONVENIO VENCIDO

El Tribunal Supremo en una reciente sentencia del pasado noviembre,  ha considerado que es improcedente aplicar a las tablas salariales de un convenio colectivo vencido el IPC a periodos de tiempo no recogidos en el convenio colectivo por ir mas alla de la vigencia temporal pactada.