miércoles, 31 de mayo de 2017

RECLAMACION DE LA PLUSVALIA MUNICIPAL

¿Tengo que pagar el impuesto de plusvalía municipal?
El impuesto de plusvalía municipal se recoge en la Ley de Haciendas locales, y supone que en el momento de transmitir la propiedad de unos terrenos de naturaleza urbana (si vendo mi casa, por ejemplo), tenemos que pagar al Ayuntamiento un impuesto por el incremento de valor que han experimentado los terrenos.
Ahora bien, la realidad es que no se tenía en cuenta si ese incremento de valor se había producido realmente o no, pues se presumía que, simplemente por haber tenido la propiedad durante cierto tiempo, ésta se iba revalorizando, por lo que en el momento de vender siempre íbamos a tener que pagar la plusvalía.
El Tribunal Constitucional, en Sentencia de 11 de mayo de 2017, ha establecido que es inconstitucional que tenga que pagarse esta plusvalía en aquellos supuestos en los que no se ha producido ese incremento de valor,  es decir, si el precio por el que vendo mi casa es el mismo o incluso inferior al precio que pagué cuando la adquirí.

Si has pagado este impuesto en los últimos cuatro años y no se produjo ese incremento de valor, puedes iniciar la reclamacion.

Departamento Civil-Hipotecario.