El recurrente solicitó el pago de una indemnización y el
Fogasa emitió resolución denegatoria pasados tres meses.
El afectado recurrió la decisión del
organismo y terminó presentando recurso de casación para la unificación de
doctrina ante el Tribunal Supremo, que ha estimado la reclamación del
demandante y ha anulado las sentencias anteriores.
El Tribunal Supremo entiende que la denegación fue realizada fuera del plazo máximo de
tres meses establecido legalmente, por lo que el vencimiento de la fecha tope
legitima para entender estimada la solicitud por silencio administrativo positivo.