sábado, 27 de febrero de 2016

DESPIDOS COLECTIVOS Y EDAD

El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL en sentencia de abril 2015 determino que el criterio de la edad , para la selección de los trabajadores que las empresas incluyen en los despidos colectivos,es aceptable atendiendo que las personas mayores de 55 años tienen mayores niveles de protección social y no constituye discriminación por razón de edad.